El Seguro de Cesantía protege a todos los trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido, a plazo fijo y por obra o servicios, siempre y cuando sean regidos por el Código del Trabajo.
Este aporte económico está regulado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Cada trabajadora o trabajador afiliado a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), donde su empleador cotiza mensualmente el 3% de las remuneraciones imponibles.
Al momento de quedar cesante, el trabajador o trabajadora podrá retirar el dinero acumulado en esta cuenta mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración.
¿Cómo y dónde cobrar el Seguro de Cesantía?
Para acceder al seguro, debes acceder a la Sucursal Virtual de Afiliados en 3 simples pasos:
- Subir tu documento de término de contrato
- Revisar la simulación de tu pago
- Confirmar tus datos de transferencia
¿Qué se necesita para ingresar la solicitud?
Puedes realizar el trámite de cobro de tu seguro completamente en línea, de manera rápida y segura a través de la Sucursal Virtual de afiliados, donde puede ingresar de dos maneras:
- Con tu RUT y clave de acceso personal.
- Con tu RUT y Clave Única del Estado.
Para trabajadores extranjeros que no cuentan con cédula de identidad, pueden acceder con su Número Identificatorio para Cotizar (NIC):
- Se recomienda revisar los requisitos y condiciones para cobrar el Seguro de Cesantía.
- Una vez realizada la solicitud, y dentro de un plazo de 5 días, AFC Chile te enviará una respuesta al correo electrónico que hayas registrado, donde se informará la aprobación del beneficio, el monto de los giros y calendario de pago.
Cabe destacar que este trámite también se puede realizar de forma presencial, solamente se debe agendar una hora en este link.
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¿Cuándo debo tramitar el Seguro?
No es necesario realizar este trámite inmediatamente después del término de su contrato. Se recomienda hacer el trámite a contar del décimo día desde su fecha de término para mantener la fecha del primer pago y evitar filas.
Puedes realizar la solicitud en cualquier momento, siempre que se mantenga la condición de cesante, ya que no existe plazo o fecha límite para efectuar la solicitud.
Para más detalles sobre el Seguro de Cesantía ingresa a la página de ChileAtiende.