El Servicio Electoral (Servel) liberó la primera lista de vocales de mesa para las elecciones primarias del próximo 9 de junio, donde se deberá escoger los candidatos por las alcaldías o gobiernos regionales, de cara a los comicios de octubre próximo.
Cabe recordar que este proceso de sufragio es con voto voluntario y solo se realizará en 60 comunas del país.
Pese a lo anterior, quienes fueron elegidos como vocales de mesa deben cumplir cuya labor de manera obligatoria, arriesgándose a multas y sanciones en caso de no respetar aquello.
¿Quiénes se pueden excusar?
Según lo establecido por la Ley 18.700, quienes fueron sorteados como vocales de mesa pueden excusarse, siempre y cuando cumplan con alguno de los siguientes requisitos:
- Ser designado miembro del colegio escrutador.
- Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros.
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en el mismo día en que funcionen las mesas receptoras.
- Embarazadas.
- Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
- Ser cuidadora o cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
¿Cómo excusarse?
El plazo para poder excusarse de ser vocal de mesa es entre el 20 y el 23 de mayo, ante las Juntas Electorales.
Este proceso se debe realizar mediante una solicitud de forma presencial o a través de correo electrónico.
¿Cuáles son las multas?
Quienes no cumplan con su función, incurren en una infracción electoral, que es sancionada con una multa a beneficio municipal que va entre 2 a 8 UTM, vale decir, desde $125 mil a $500 mil.