Operación renta 2021: Revisa quiénes son las personas que deben cotizar
Ya comenzó el proceso de la denominada Operación Renta 2021.

Ya comenzó el proceso de la denominada Operación Renta 2021. Durante este tiempo las personas naturales o empresas declaran sus ingresos percibidos el año anterior y así cumplir con las obligaciones tributarias anuales. Un procedimiento que exige el pago obligatorio de cotizaciones, para trabajadoras y trabajadores independientes que emiten boletas a honorarios, sin posibilidad de renuncia.
Pero, ¿Cómo saber quiénes deben declarar la renta?
Aquellas personas naturales que durante el 2020 tienen un ingreso anual superior a los $7.833.186 (Salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador); aquellas que tuvieron más de un empleador; trabajaron a honorarios y emitieron boletas de servicios; trabajaron a honorarios y quisieran optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales; trabajaron a honorarios y emitieron boletas de servicios; o realizaron el segundo retiro voluntario del 10% acumulado en su AFP, de acuerdo a lo establecido en la Ley 21.295, y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($18.370.440)
Es importante mencionar que en el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de renta.
Y, ¿Qué pasa si se quiere renunciar a cotizar?
El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha indicado que no se puede pero si se "puede optar a una gradualidad para el cálculo de las cotizaciones, que este año es de 27% (en el año 2020 correspondió a un 17%)".
Es importante mencionar que las personas deben cotizar si es que cumplen con los siguientes requisitos:
- Las mujeres menores de 50 años u hombres menores de 55 años al 1 de enero de 2018.
- Durante 2020 tuvieron honorarios por un monto igual o mayor a $1.632.500.
Por otra parte, no existe obligación en los siguientes casos:
- Mujeres de 50 años o más u hombres de 55 años o más, al 1 de enero de 2018.
- Aquellos con rentas como trabajador dependiente y ya cotizas mensualmente por el tope imponible, correspondiente a $27.977.286.
- Aquellos que Tuvieron honorarios inferiores a $1.632.500.
- Afiliado/a a Capredena, Dipreca o IPS.
- Pensionado/a por vejez, vejez anticipada o invalidez total.
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