Despachada a Ley: Congreso aprueba la norma que impide el corte de servicios básicos por no pago
Revisa cómo ser uno de los beneficiarios de este nuevo beneficio

¡Buenas noticias! Porque este jueves, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, tanto en general como en particular, el proyecto de ley que busca impedir el corte de los servicios básico debido a deudas impagas. El texto ya quedó listo para ser promulgado como ley de la república.
✅APROBADO| Cámara despacha a ley proyecto que prorroga los efectos de la Ley 21.249, que dispone, de manera excepcional, las medidas que indica en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red.
— Diputadas y Diputados de Chile (@Camara_cl) May 6, 2021
¿Qué dice el proyecto?
- Se prorrogan los efectos de la Ley 21.249, que dispone de manera excepcional medidas en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red.
- Según lo establece el documento, esta norma se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2021. Plazo para que las empresas proveedoras de servicios sanitarios, las empresas y cooperativas de distribución de electricidad, así como las distribuidoras de gas de red, no corten el suministro por morosidad.
- De esta forma, las empresas de servicios sanitarios, eléctricos y de gas, generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 30 de noviembre de 2021, se prorratearán en el número de cuotas mensuales que determine el usuario a su elección, las que no podrán exceder las 48. En la actual normativa el plazo máximo es de 36 cuotas.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio?
- Encontrarse dentro del 80% de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares. Recordemos que la actual normativa contemplaba solo el 60% más vulnerable.
- Tener la calidad de adulto mayor.
- Estar percibiendo las prestaciones del seguro de desempleo.
- Estar acogido a la Ley de Suspensión del Empleo o a la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
- Ser trabajador independiente o informal y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de sus ingresos.
Así, serán beneficiarios de la ley, quienes:
- Usuarios residenciales o domiciliarios.
- Hospitales y centros de salud.
- Cárceles y recintos penitenciarios.
- Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual.
- Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores (ELEAM).
- Bomberos.
- Organizaciones sin fines de lucro.
- Microempresas.
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