Postulaciones abiertas: Conoce los requisitos para solicitar la Pensión Garantizada Universal
Jonnathan Oyarzun/Aton Chile
El próximo viernes 18 de febrero se dará inicio a los pagos de la Pensión Garantizada Universal (PGU), luego de que el Presidente Sebastián Piñera promulgara este beneficio para las y los mayores de 65 años que estén en el 90% de mayor vulnerabilidad socioeconómica.
Cabe resaltar que no importa si los beneficiarios son pensionados por el Estado o con autofinanciamiento, ni si aún están activos laboralmente.
La PGU sustituirá a los aportes entregados por concepto del Sistema de Pilar Solidario (SPS), correspondientes a la Pensión Básica Solidaria de Vejez y Aporte Previsional Solidario de Vejez.
En cuanto a los beneficios de invalidez, no los eliminará, pero sí incrementará sus montos según el valor de la PGU y aumentará su cobertura de acceso (80% más vulnerable de la población).
Por lo tanto, si se era receptor de alguno de los beneficios anteriormente señalados, y se cumple con los requisitos detallados a continuación, se recibirá la Pensión Garantizada Universal de $185.000 de forma automática:
- Haber cumplido 65 años de edad.
- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población entre 65 o más años de Chile.
- Acreditar residencia en Chile por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos.
- Contar con una pensión base inferior a la pensión superior (un millón de pesos).
Para saber si eres beneficiario automático, puedes consultar con tu RUT y fecha de nacimiento en la página web de Chile Atiende.
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— ChileAtiende Oficial (@ChileAtiende) February 1, 2022
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¿Quiénes deben postular?
Desde este 1 de febrero pueden hacer la solicitud de este beneficio las personas de 65 o más años que hoy cumplen los requisitos para el Pilar Solidario -pertenecientes al 60% de menores ingresos- y que no están recibiendo un beneficio del SPS en mi.chileatiende.gob.cl/tramites. Para ello deben:
- Tener 65 años o más.
- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% de mayores ingresos de la población.
- Acreditar residencia en el territorio chileno en estos dos casos: Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad; o un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Tener una pensión base menor a la pensión superior, fijada en $1.000.000.
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