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Aguinaldo de Fiestas Patrias en sector público: ¿Qué trabajadores reciben $56 mil y quiénes $80 mil?

  • Por Mega.cl
Aguinaldo de Fiestas Patrias en sector público: ¿Qué trabajadores reciben $56 mil y quiénes $80 mil?

Comenzó septiembre, y con ello, el pago obligatorio del Aguinaldo de Fiestas Patrias para funcionarios públicos y pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS).

Este beneficio se entrega para cubrir los gastos adicionales que se realizan en contexto de Fiestas Patrias, la celebración de las costumbres chilenas, y conmemoración de la Primera Junta de Gobierno.

Para las personas del sector privado, dependerá de si el empleador desea entregarlo, o bien, lo tenga estipulado en el contrato de sus trabajadores.

¿De cuánto es el Aguinaldo de Fiestas Patrias para funcionarios públicos?

La Ley 21.405 establece los montos que los funcionarios del sector público y los pensionados recibirán por concepto del aporte. En el caso de los trabajadores públicos, el aguinaldo podrá ser de $81.196 o $56.365, dependiendo de su remuneración.

¿Qué trabajadores reciben 56 mil y cuáles reciben los 81 mil pesos?

Este 2022, los empleados públicos recibirán los siguientes montos por el aguinaldo, según el sueldo que tuvieron en 2022:

- $81.196 pesos para las y los trabajadores cuya remuneración líquida de agosto de 2022 sea igual o inferior a $842.592 pesos.

- $56.365 pesos para quienes tengan una remuneración líquida de agosto de 2022 superior a los $842.592 pesos.

¿Cuáles son los requisitos para tener este Aguinaldo de Fiestas Patrias?

Los funcionarios del sector público que recibirán este beneficio son quienes se desempeñen en cargos de planta o contrata en estos organismos:

- Universidades estatales.

- Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).

- Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.

- Astilleros y Maestranzas de la Armada.

- Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.

- Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.

- Establecimientos de Educación Técnico Profesional.

- Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.

- Corporaciones de Asistencia Judicial.

- Tribunales tributarios y aduaneros.

- Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

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