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Pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Cuál es el monto para los empleados públicos?

  • Por Mega.cl
Pago del Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Cuál es el monto para los empleados públicos? Jonnathan Oyarzun/Aton Chile

Comenzó la cuenta regresiva para las tan esperadas Fiestas Patrias, que este año volverán con las tradicionales fondas que durante los años anteriores estuvieron suspendidas por la pandemia. 

Y para disfrutar con más tranquilidad, los trabajadores del sector público esperan el aguinaldo, cuyos montos ya han sido definidos. 

Según detalla la ley 21.196, este año el monto que recibirán los empleados públicos será de $81.196 para quienes tuvieron una remuneración líquida en agosto de 2022 inferior a los $842.592 y de $56.365 a quienes cuenten con una remuneración líquida mayor a $842.592.

¿Qué trabajadores del sector público son considerados? 

- Universidades estatales.
- Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
- Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
- Astilleros y Maestranzas de la Armada.
- Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
- Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
- Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
- Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Tribunales tributarios y aduaneros.
- Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

Sector privado

Para los empleadores, otorgar aguinaldo a sus trabajadores no es una obligación de fuente legal (como sí lo son, por ejemplo, las gratificaciones).

No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:

- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.

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