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¿De cuánto es el pago para cuidadores de personas con discapacidad y quiénes pueden recibirlo?

  • Por Mega.cl
¿De cuánto es el pago para cuidadores de personas con discapacidad y quiénes pueden recibirlo? Freepik

El Estado chileno apoya a las personas cuidadoras a través de un estipendio mensual, el cual recompensa su compromiso con las personas discapacitadas, con dependencia severa o necesidades educativas especiales, puesto que realizan labores de cuidado sin recibir remuneración alguna.

Para obtenerlo, es necesario que tanto el cuidador como la persona dependiente tengan cédulas de identidad vigentes y cumplan con los requisitos legales, y así tener el derecho de recibir el monto correspondiente.

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Monto del pago para cuidadores de personas discapacitadas

Según ChileAtiende, el valor del aporte económico se reajusta anualmente conforme a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), por lo que el monto asignado para el 2023 es de hasta $32.991 mensuales destinados al cuidador por los servicios ofrecidos y entregados a través de un depósito bancario.

Además, también recibe un subsidio mensual de $700 por el uso de la cuenta y, por otro lado, puede obtener hasta tres estipendios, si es pariente por consanguinidad o afinidad, o dos estipendios por distintos causantes, si no existe parentesco con el causante.

¿Quiénes pueden recibir el pago para cuidadores?

Para que el cuidador pueda obtener el beneficio, la persona dependiente (causante) debe cumplir con estos requisitos:

  • Estar afiliado al Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud, a través del establecimiento de atención primaria correspondiente a su domicilio (Centros de Salud Familiar, Centros Comunitarios de Salud Familiar, posta rural, entre otros).
  • Contar con un cuidador que no reciba remuneración.
  • No estar institucionalizado en un establecimiento de larga estancia para adultos mayores o en otra institución de larga estancia para personas de menor edad.

Además, la postulación no la realiza la persona cuidadora o la persona dependiente, puesto que el servicio de salud correspondiente al domicilio se encarga de hacer el trámite, el cual será aprobado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y el pago será efectuado por el Instituto de Previsión Social.

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