La Subsecretaría de Salud emitió el año 2006 las normas técnicas correspondientes a las Residencias Protegidas y la define como “una instancia residencial para personas con un trastorno mental severo, quienes estando compensados clínicamente muestran un alto grado de discapacidad psíquica y dependencia, requiriéndose por ello un ambiente terapéutico con un alto nivel de protección y de cuidados de enfermería”. 

Mauricio Gómez, jefe del Departamento de Salud Mental del Ministerio de Salud, explica la diferencia entre un hogar y una residencia: “los hogares son para aquellas personas que sufren una enfermedad mental pero aun así pueden ser autovalentes. La residencia, en cambio, son para los que dependen totalmente de un cuidador. En Chile, los hogares y las residencias están funcionando en su capacidad máxima”.

Si estás buscando una residencia, recuerda siempre revisar los listados oficiales, consultar si cuentan o no con las autorizaciones para funcionar y chequea que se cumplan las funciones que te detallamos y que toda residencia debe garantizar:

-Satisfacer las necesidades habitacionales de confort y de calidad de vida de los residentes.

-Brindar cuidados prolongados, con seguridad y protección, al mismo tiempo que se les da la oportunidad y apoyo para lograr el máximo nivel posible de autovalencia y autonomía.

-Asegurar el acceso a actividades de rehabilitación, recreativas y participación social y/o actividades comunitarias, e incorporar en el quehacer de la Residencia, la participación de actores y organizaciones de la comunidad donde ésta se encuentra inserta: Municipalidad, juntas vecinales, colegios, iglesias.

-Servicios básicos tales como luz, agua potable, alcantarillado, agua caliente, teléfono y otros, todos en pleno funcionamiento.

-Una sala de baño completa por cada 5 residentes y adecuada a las necesidades de éstos (barandas en el espacio de la ducha, en las paredes del baño, pisos antideslizantes, puertas adaptadas a sillas de rueda).

-Contar con un personal calificado para la manipulación y preparación de alimentos.

El mismo informe técnico dice en un primer inciso que “el personal que se desempeña en la Residencia Protegida debe tener capacitación y competencias para el cuidado de enfermos psiquiátricos, y contar con una formación asimilable a la de un técnico paramédico o técnico en rehabilitación social”.

Dentro de las principales funciones de los cuidadores están:

-Observación activa de los residentes.

-Estimulación para desarrollo de conductas.

-Asistencia directa en aquellas áreas de mayor discapacidad.

-Velar por la seguridad de los residentes.

-Cuidados básicos de enfermería.

Además, dentro de las funciones de la administración, podemos recalcar que deben regirse de forma obligatoria a la norma dictada por la Subsecretaría de Salud y entre ellas están:

-El resguardo y la promoción de los derechos de los residentes.

-La capacitación continua del personal.

-Las garantías de seguridad de los residentes.

-La evaluación periódica del cumplimiento de los requisitos de la atención (acceso, oportunidad, calidad) requerida para estos pacientes.