Este miércoles 14 de mayo es el último día de plazo para grabar las patentes en los vidrios de tu vehículo, o correrás el riesgo de ser multado con una importante suma de dinero

Según la Ley N° 21.601, esta modificación establece que es obligación "marcar los números de la placa patente en vidrios y espejos de todos los vehículos motorizados que circulen en el país, o sea, los cuatro vidrios laterales, más parabrisas, luneta trasera y espejos". 

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Sin embargo, existen algunos vehículos que quedan al margen de estas obligaciones por distintas razones y es importante que sepas cuáles son, pues así puedes evitar una larga fila para grabar tu patente, como ha sucedido durante esta jornada.

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¿Qué vehículos no tienen la obligación de grabar la patente?

Según se menciona en ChileAtiende, los vehículos que quedan excluidos grabar la patente son los siguientes: 

  • Automóviles de establecimientos comerciales con autorización municipal. 
  • Vehículos extranjeros en tránsito temporal (que cumplan los requisitos legales).
  • Vehículos nuevos con peso vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos, que solo puedan desplazarse por sus propios medios y únicamente para fines de traslado.
  • Los vehículos pertenecientes a las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile destinados a uso policial o militar. 
  • Vehículos motorizados antiguos o históricos reconocidos por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, conservados o restaurados a su condición original, y que tengan cuarenta o más años de antigüedad.

¿Cómo debe ser el grabado de patentes? 

Las letras y dígitos en los vidrios deben tener: 

  • Entre 7 y 10 mm de altura, ancho y espesor de trazo acorde al tipo y altura de las letras y dígitos.
  • Estilo normal, no cursiva ni negrita.
  • Las letras deben ser mayúsculas.
  • El grabado debe ser permanente.

Espejos laterales:  

  • Altura mínima entre 5 y 10 mm y letra mayúscula, estilo normal, sin cursiva ni negrita.
  • Las letras y dígitos deberán grabarse siguiendo la superficie del vidrio o del espejo lateral, de manera tal que su lectura (punto de vista externo) sea de izquierda a derecha.
  • El grabado debe ser permanente.

En los vidrios laterales ubicados al costado del conductor:

  • Vértice inferior derecho (punto de vista externo) y en aquellos del lado del acompañante, en el vértice inferior izquierdo (punto de vista externo). En ambos casos, el grabado no debe obstaculizar la lectura de otra información obligatoria en esa zona.

En el parabrisas:

  • Vértice inferior derecho (punto de vista externo), sin obstaculizar la lectura u ocultar el Vehicle Identification Number (VIN) o cualquier otro elemento obligatorio.

En la luneta trasera: 

  • Vértice inferior izquierdo (perspectiva externa).

En los espejos laterales:

  • Si es cuadrado o rectangular, el grabado se realizará siguiendo el borde de sus lados paralelos al suelo, de la forma más próxima a dicho borde. En los espejos laterales cuya forma sea circular u ovalada, el grabado se realizará paralelo al suelo. En ambos casos se puede optar por la parte superior o inferior, y no debe interferir con su función.

Vehículos motorizados con más de seis vidrios:

  • Deberán grabar como mínimo seis vidrios, debiendo ser uno de ellos el parabrisas y los restantes, los de mayor superficie. En el caso de los vehículos motorizados que tengan seis o menos vidrios, se grabarán todos ellos.

¿Quiénes están autorizados para fiscalizar el grabado de patente?

Según indíca la Ley N°21.601, las autoridades calificadas para fiscalizar que se esté cumpliendo con esta obligación son: 

  • Plantas de Revisiones Técnica (PRT).
  • Carabineros de Chile.
  • Inspectores fiscales y municipales.

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