Revierten cambios al Ingreso Mínimo Garantizado: Revisa quiénes pueden acceder a este dinero
El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), es un beneficio destinado a los trabajadores que se encuentran en el 90% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH), y que tengan un sueldo bruto mensual inferior a $452.477 pesos.
Este beneficio había tenido una modificación por parte del Ministerio de Desarrollo Social, que indicaba que serían los empleadores quiénes postulen a sus trabajadores al IMG, y en el caso de no hacerlo, habría sanciones.
Sin embargo, desde el Ministerio de Hacienda dijeron que se anuló ese requisito, y que se dejará la postulación como estaba antes.
Entonces ¿Son los empleadores o trabajadores los que deben postular al IMG?
Según el sitio web del mismo beneficio Ingreso Mínimo Garantizado, desde este 01 de junio, las trabajadoras y trabajadores deberán postularse a este beneficio. Sin embargo, los empleadores también pueden postular a sus trabajadores, en el caso de que así lo quisieran.
¿Cuáles son los requisitos para obtener el Ingreso Mínimo Garantizado?
Los trabajadores que quieran obtener este beneficio, deberán:
- Ser trabajador dependiente.
- Tener un contrato acogido al Código del Trabajo.
- Tener un sueldo mensual bruto menor a $452.477 pesos.
- Tener una jornada ordinaria superior a 30 y hasta 45 horas semanales.
- Pertenecer a un hogar del 90% más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).
Recuerda:
- La postulación se puede hacer los 365 días del año.
- Si postula este mes, el beneficio llegará los últimos 5 días hábiles del mes siguiente.
- El Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), no es compatible con el Subsidio Empleo Joven (SEJ) o Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).
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