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Carabinero condenado por torturas en Estación Central se entregó a la justicia

  • Por Bárbara Miranda

¿Qué pasó?

Este lunes la undécima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago decretó la prisión preventiva para el exsuboficial de Carabineros, Francisco Arzola, quien fue condenado en primera instancia a 22 años de cárcel por delitos de tortura, apremios ilegítimos y falsificación reiterada de instrumento público.

Visión de la fiscalía

Tras la decisión de la sala, el exmiembro de la vigésimo primera comisaria de Estación Central, se entregó al cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago para luego ser ingresado al anexo Pudahuel Norte, donde deberá esperar la presentación del recurso de nulidad que presentará su defensa.

En relación con elevar la medida cautelar de arresto total a prisión preventiva, la fiscal Centro Norte, Tania Sironvalle, fue clara en plantear que era necesaria la modificación: “Una pena tan alta hace evidente el peligro de fuga y también hace evidente el peligro para la seguridad de la sociedad, en ese sentido el Ministerio Publico considera que correspondía decretar la prisión preventiva”.

Postura de la defensa

Posición totalmente contraria a la que tiene la defensa de Arzola, pues la abogada Diana Correa, explicó que es desmedida la situación, en esa línea la abogada de Arzola rechazó rotundamente la condena: “Le están dando un tratamiento de una persona que ha cometido delitos de tortura, es imposible comparar una situación con otra y cómo estimar el actuar policial. La verdad a mí me parece una barbaridad y lucharé hasta donde tenga que llegar, incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Otro caso: El cabo Rodrigo Muñoz

Mientras, en el mismo juicio el cabo Rodrigo Muñoz Cid, mismo que hace algunas semanas fue cuestionado por utilizar patrullas de la institución para pedir matrimonio, fue condenado a ocho años de prisión efectiva por los delitos de torturas a vendedores ambulantes de la comuna de Estación Central.

Sin embargo, su medida cautelar de arresto total no fue modificada por la Corte de Santiago por considerar que la pena es menor y no existiría peligro de fuga.