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Sufragio obligatorio: ¿Qué se vota este 7 de mayo?

  • Por Mega.cl
Sufragio obligatorio: ¿Qué se vota este 7 de mayo?

El domingo 7 de mayo se realizará la votación para la Elección del Consejo Constitucional. En dichos comicios habrá que escoger a las 50 ciudadanas y ciudadanos que discutirán y aprobarán una propuesta de texto de Nueva Constitución para la república.

De este nuevo proceso también serán parte la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad.

Los tres órganos que participarán en el proceso cumplirán distintos roles. La Comisión Experta, que ya está operativa desde el 6 de marzo, cuando se dio inicio formal al nuevo proceso, y será la encargada de presentar un anteproyecto de Constitución, que servirá de base para el trabajo del Consejo Constitucional. La entidad compuesta por 24 expertas y expertos también podrá hacer obserbaciones a la propuesta que entreguen los consejeros

Por otro lado, el Comité Técnico de Admisibilidad, que también comenzó a funcionar el 6 de marzo, será el "árbitro" del proceso, es decir, los integrantes de la Comisión Experta o del Consejo Constitucional podrán acudir a él para acusar eventuales incumplimientos a las bases institucionales que acordaron los partidos políticos.

Pero será el Consejo Constitucional el principal órgano encargado de redactar esta nueva consitución, el que será electo por la ciudadanía este 7 de mayo.

En estas elecciones obligatorias solo podrán votar quienes tengan su domicilio electoral en Chile, ya que según lo informado por Servel, "el sufragio será obligatorio para todas las personas que cuenten con su domicilio electoral registrado en Chile".

La obligatoriedad del voto se restableció el pasado 4 de enero, luego que en el Diario Oficial se publicara la Ley N° 21.524, la cual establece que el voto es obligatorio en todas las elecciones y plebiscitos, salvo en primarias.

¿Qué pasa si no voto?

Las personas que no acudan a votar serán sancionadas con multas a beneficio municipal, las cuales irán de 0,5 a 3 UTM (entre $31 mil y 187 mil, según el valor de la Unidad Tributaria Mensual a marzo de 2023).

Las y los electores que no cumplan con la obligación de sufragar, podrán excusar su inasistencia ante el Juzgado de Policía Local, cuando sean notificados con posterioridad a las elecciones. 

Las personas que quedan exentas de multas son quienes no hayan acudido por enfermedad, ausencia del país, estar a más de 200 kilómetros de su domicilio electoral u otro impedimento grave. 

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