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Seguro de Cesantía: ¿Quiénes NO tienen derecho a recibirlo?

  • Por Mega.cl
Seguro de Cesantía: ¿Quiénes NO tienen derecho a recibirlo?

Uno de los beneficios para los trabajadores que hayan estado haciendo labores de forma dependiente, y hayan quedado cesante, es el Seguro de Cesantía.

Esta ayuda monetaria protege a quienes hayan tenido un contrato laboral a plazo fijo, indefinido, por obra o servicio, siempre que el documento esté sujeto al Código del Trabajo.

Los empleados que estén afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), se les abre automáticamente una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), donde se deposita dinero que podrá ser retirado en los momentos desocupado.

¿Quiénes NO tienen derecho a recibir el Seguro de Cesantía?

ChileAtiende informó que las personas que no tienen derecho a recibir el Seguro de Cesantía son:

- Empleados públicos.

- Funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden.

- Trabajadores independientes o por cuenta propia.

- Menores de 18 años.

- Pensionados (excepto aquellos pensionados por invalidez parcial).

- Trabajadores con contrato de aprendizaje (práctica profesional).

¿Cuáles son los requisitos para recibir el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía puede ser solicitado por quienes cumplan estos requisitos:

Estar cesante y acreditarlo mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.

Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas. Se solicita tener al menos 12 cotizaciones, continuas o discontinuas, en caso de haber tenido contrato indefinido o de trabajador de casa particular. En caso de haber tenido contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio, se requiere al menos seis cotizaciones, continuas o descontinuas.

RecuerdaLas cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser de uno o más empleadores.

¿Cómo solicito el Seguro de Cesantía?

Se debe solicitar el Seguro de Cesantía en: www2.afc.cl, iniciar sesión, hacer clic en "cobro del seguro", seleccionar "comenzar solicitud de cobro" y seguir con las demás indicaciones.

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