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¿Cuál es el monto del Bono Post Laboral? Conoce dónde solicitarlo y si puedes ser beneficiario

  • Por Mega.cl
¿Cuál es el monto del Bono Post Laboral? Conoce dónde solicitarlo y si puedes ser beneficiario Freepik

En los últimos años, el número de beneficios que el Estado chileno otorga a la población ha aumentado, por lo que los ciudadanos se mantienen atentos a los aportes que reciben, como el Bono Post Laboral.

Esta es una de las bonificaciones más importantes para el sector público, un subsidio mensual que se les entrega de por vida a los trabajadores jubilados, con el fin de mejorar su calidad de vida.

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¿Cuál es el monto del Bono Post Laboral?

De acuerdo con la Superintendencia de Pensiones, el monto asignado para 2023 es de $90.877. Además, forma parte de los beneficios financieros que ha otorgado durante el mes de junio y es compatible con otros subsidios.

¿Cuándo es plazo para solicitar el bono?

Es importante señalar que la persona debe realizar el trámite una vez que cumpla los 60 (mujeres) o 65 (hombres) años, la edad legal de jubilación. A partir de ese momento, los beneficiarios tienen un plazo de 12 meses para acudir a la autoridad máxima del servicio u organismo donde estén trabajando y solicitar el beneficio.

Sin embargo, los solicitantes también deben asegurarse de cumplir con todas las características necesarias para optar por el subsidio:

  • Estar afiliado al sistema de capitalización individual obligatoria en una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP).
  • Ser funcionario público afiliado al sistema de AFP que estén en las instituciones estatales (Gobierno central, regional y municipalidades, corporaciones de asistencia judicial, universidades estatales, Contraloría General de la República, Consejo Nacional de Televisión, Consejo Superior de Educación, Dirección de Aeronáutica Civil, FONADIS, SERCOTEC y CONAF).
  • Poseer una trayectoria laboral de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en una de las instituciones mencionadas.
  • Ser funcionario de planta, contrata o por Código del Trabajo, de una de esas instituciones al momento de tramitar la solicitud del beneficio.
  • Haber desempeñado labores de funcionario en alguna de las instituciones antes del 1 de mayo de 1981 y poseer, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
  • Poseer una tasa de reemplazo líquida estimada menor o igual a 55%.
  • Cesar en su cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por obtener pensión de vejez.

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