¿Cómo acceder a la licencia médica pre y postnatal?
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Los trabajadores que hayan sufrido un accidente o enfermedad que provoque la reducción o ausencia de su jornada laboral no deben preocuparse por su empleo, ya que la licencia médica es un documento que les permite someterse a un reposo o tratamiento sin inconvenientes con su trabajo.
Ir a la siguiente notaEn el caso de las trabajadoras embarazadas, ChileAtiende indica que "el Estado vela por la salud y cuidados de la madre y el bebé durante las semanas previas y posteriores al parto a través de la licencia médica pre y postnatal", con la que puede obtener diversos beneficios.
Tipos de licencia médica
Los únicos profesionales de la salud que pueden extender una licencia médica son los médicos-cirujanos, psiquiatras, cirujanos-dentistas o un matrón o matrona.
Los tipos de licencias que pueden emitir son:
- Tipo 1: enfermedad o accidente común
- Tipo 2: medicina preventiva
- Tipo 3: pre y postnatal
- Tipo 4: enfermedad grave del niño menor de un año
- Tipo 5: accidente del trabajo o del trayecto
- Tipo 6: enfermedad profesional
- Tipo 7: patologías del embarazo
Cómo acceder a la licencia médica pre y postnatal
Según la Red de Protección Social, una vez que el profesional sanitario decide extender una licencia médica prenatal en un formulario electrónico o papel, alrededor de la semana número 34 de gestación o 42 días antes de la fecha de parto prevista, esta debe ser enviada al empleador si se trata de una trabajadora dependiente.
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Posteriormente, resta al empleador completar el formulario con los datos solicitados, adjuntar información sobre la trabajadora y enviar la licencia médica a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) o Institución de Salud Previsional (Isapre) dentro de los tres días posteriores a la recepción de la licencia.
Si se trata de una licencia médica postnatal, el procedimiento es el mismo y se extiende desde el día del parto hasta los siguientes 84 días. La Isapre -a la que están afiliados el padre y la madre- puede otorgar un permiso postnatal parental de 84 días (jornada total) o 126 días adicionales (jornada parcial).
Por su parte, las trabajadoras independientes deben enviar el documento directamente a la Compin, Isapre o al Instituto de Seguridad Laboral.