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Subsidio de Emergencia Laboral: ¿Quiénes reciben esta ayuda destinada a los afectados por una catástrofe?

  • Por Valentina Blanc
Subsidio de Emergencia Laboral: ¿Quiénes reciben esta ayuda destinada a los afectados por una catástrofe?

El Subsidio de Emergencia Laboral es una ayuda económica que se otorga a pymes y empresas con el fin de ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tienen en riesgo su fuente de trabajo producto de una catástrofe.

De esta forma, se entregará una bonificación por cada empleado que haya sido afectado gravemente por el sistema frontal de junio del 2023.

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¿Cuáles son los requisitos?

La postulación deberá ser realizada por las empresas respecto de cada persona trabajadora dependiente del establecimiento siniestrado, que acrediten lo siguiente:

- Empresas que se hayan visto siniestradas por los temporales en las localidades afectadas y cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.

- Existencia de una relación laboral al mes anterior del siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio.

- Empresas que tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).

- Las empresas que opten al beneficio deberán contar con operaciones en la zona siniestrada y el beneficio se limitará a las personas trabajadoras de dicho establecimiento. Estas personas trabajadoras deberán pertenecer a empresas que hayan visto afectadas sus operaciones producto de la contingencia, sea por daño físico directo a sus instalaciones u otro tipo de daños que no permita la continuidad operacional, impidiendo el ejercicio de labores de sus trabajadores/as.

¿Cuál es la bonificación de este subsidio?

Las empresas que acrediten el cumplimiento de requisitos, podrán recibir una bonificación mensual equivalente al 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) durante tres meses, la que podrá ser prorrogada por hasta tres meses adicionales con una bonificación del 60% del IMM.

Este aporte se entregará directamente a las empresas siniestradas, por cada uno de las personas trabajadoras que se encuentran en grave riesgo de perder su fuente laboral, sin distinción de renta.

La condición de afectación de la empresa será establecida por la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la Región respectiva a través de un informe fundado.

¿Quiénes lo reciben en octubre?

Las empresas que hayan postulado durante septiembre podrán recibir el aporte a partir del 15 de octubre del 2023.

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