Conoce los requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía
Los trabajadores que hayan quedado cesante por algún motivo, deberán cumplir estos requisitos para obtener el Seguro de Cesantía:
Contar con un contrato indefinido, a plazo fijo, por obra o servicios y que esté regulado por el Código del Trabajo, Estatuto de asistentes de Educación Pública o si es trabajador o trabajadora de casa particular.
Que el contrato laboral haya comenzado desde el 2 de octubre de 2002 en adelante.
Si el contrato laboral es anterior al 2 de octubre de 2002, el trabajador o trabajadora debe haberse afiliado voluntariamente a la Administradora de Fondo de Cesantía (AFC).
Para contrato indefinido o trabajador de casa particular: contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral, con uno o más empleadores.
Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
En el caso de personas extranjeras, al igual que todos los trabajadores afiliados, debe cumplir con los siguientes requisitos:
Estar afiliado o afiliada a la AFC Chile.
Contar con un contrato de trabajo regulado por el Código del Trabajo al momento de quedar cesante, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o si es trabajadora o trabajador de casa particular.
¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?
La solicitud del Seguro de Cesantía se puede llevar a cabo presencial en sucursales de AFC o a través de su sitio web: