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¿Cuáles son los pensionados que no reciben aguinaldo de Fiestas Patrias?

  • Por Sebastián Paillafil
¿Cuáles son los pensionados que no reciben aguinaldo de Fiestas Patrias? ATON

En breve arranca septiembre, y con ello, muchos pensionados en Chile ya comienzan a preguntarse por el tradicional aguinaldo de Fiestas Patrias.

Este 2025, el aporte consta de un monto base de $25.280, que puede incrementarse en $12.969 por cada carga debidamente acreditada, al 31 de agosto.

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Si bien este es un derecho adquirido por los adultos mayores, debes saber que hay razones por las que algunos podrían no recibir este beneficio económico.

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¿Cuáles son los pensionados que no reciben aguinaldo de Fiestas Patrias?

Según informa el Instituto de Previsión Social (IPS), organismo a cargo de este beneficio, existen ciertas incompatibilidades por las cuales no se puede recibir el aguinaldo:

  • Si tienes derecho a la Asignación Familiar por una carga que es beneficiaria de una pensión de sobrevivencia, solo tendrás derecho al aguinaldo en calidad de pensionado o pensionada y no recibirás el incremento de $12.969 por cada carga.

Tendrás derecho a un aguinaldo, aun cuando goces de más de una pensión, subsidio o indemnización.

Cabe tener en cuenta que si eres una persona pensionada de orfandad, te considerarás carente de renta y podrás ser carga familiar de otra persona.

¿Cuáles son los pensionados que sí reciben aguinaldo de Fiestas Patrias?

Quiénes sí reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias son:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Ley Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que reciben el beneficio de la PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

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