¿Cómo saber si soy beneficiario del Bono Invierno 2025?
Aton
Desde el viernes 2 de mayo se está pagando el Bono Invierno 2025, siendo este un aporte monetario para pensionados y pensionadas que cumplen con ciertos requisitos.
Este bono tiene como objetivo ayudar a aquellas personas que tienen pensiones bajas y que no les alcanza para cubrir sus gastos básicos, teniendo en cuenta que en el invierno estos aumentan a raíz del frío que llega con la temporada.
Cabe destacar que este beneficio es entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) una vez al año y cuyo monto fue reajustado, alcanzando un monto único de $81.257 para este 2025, el cual no es tributable ni imponible y tampoco está sujeto a descuentos.

¿Cómo saber si soy beneficiario del Bono Invierno?
Para saber si eres beneficiario del Bono Invierno 2025 tienes dos opciones:
- Llamar al Call Center de ChileAtiende: 600 440 0040.
- Acudir a una sucursal de la entidad para realizar la consulta. Revisa en este enlace la oficina más cercana a tu domicilio.



¿Qué requisitos debo cumplir para recibir el Bono Invierno?
Los requisitos que debes cumplir para ser beneficiario del Bono Invierno son los siguientes:
- Ser pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), Instituto de Seguridad Laboral (ISL), Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) y Mutualidades de empleadores, cuyo monto sea igual o inferior al valor de una pensión mínima de vejez ($222.474,62).
- Ser pensionados de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no reciben otra pensión, aunque el monto de la PGU sea superior al mínimo de $222.474,62.
- Personas beneficiarias de la Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura; Pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos; Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos.
- Quienes obtengan Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyo monto de la pensión sea inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez ($222.474,62).
- Pensionadas de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo la PGU, cuyo monto sea igual o inferior al valor de la pensión mínima de vejez ($222.474,62) para personas de 75 años o más.
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