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¿Cómo actualizar el Registro Social de Hogares para postular a bonos y subsidios habitacionales?

  • Por Sebastián Paillafil
¿Cómo actualizar el Registro Social de Hogares para postular a bonos y subsidios habitacionales? ATON

Uno de los requisitos para realizar postulaciones a bonos y subsidios habitacionales es encontrarse en un determinado tramo de ingresos, el cual es posible verificar con el Registro Social de Hogares (RSH).

Este registro del Ministerio de Desarrollo Social, antes llamado Ficha de Protección Social, permite recopilar información socioeconómica de los hogares para determinar su situación y necesidades, a través de los datos entregados por los propios integrantes y también las instituciones del Estado.

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En ese sentido, es de gran importancia mantener los datos actualizados en la plataforma, pues de lo contrario, podrías quedar excluido de ciertos beneficios estatales.

ATON

¿Cómo actualizar el Registro Social de Hogares?

Es posible actualizar los datos del Registro Social de Hogares mediante su sitio web (clic acá) accediendo con Clave Única.

Una vez dentro debes seleccionar la información que deseas modificar, la que puede ser relativa a los ingresos del hogar, la cantidad de integrantes o cambio de domicilio.

Al realizar alguna modificación, es posible que se deba realizar un formulario de solicitud que deberá ser firmado por el jefe o jefa de hogar, además de una copia de la cédula de identidad por ambos lados.

Con la modificación, el sistema entregará un nuevo porcentaje de vulnerabilidad de la familia, lo que permitirá realizar las eventuales solicitudes a bonos y subsidios.

También existe la alternativa de gestionar los respectivos cambios al Registro Social de Hogares de forma presencial en el departamento social de la municipalidad correspondiente a la comuna de residencia.

¿Cuál es la fecha límite para actualizar el Registro Social de Hogares?

No existe fecha límite para actualizar los datos del Registro Social de Hogares, dado que la posibilidad se mantiene abierta durante todo el mes. Lo que sí existe es un período de cierre para que los cambios se vean reflejados el mes siguiente.

Entre los días 19 y 21 de cada mes puedes actualizar los datos para que sea vean reflejados a partir del primer día hábil del mes siguiente.

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